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19
May

Comunicado del Vaticano sobre el fundador de los Legionarios de Cristo

   Escrito por: Felipe en Creer en México, Vaticano

El vaticano a publicado hoy un comunicado sobre la investigación al Padre Marcial Maciel, fundador de los Legionarios de Cristo .

Para los que pensaban que Benedicto XVI no siguiría adelante con la investigación, parece que se lo ha tomado muy en serio. Es de notar que si bien en un lenguaje muy caritativo, se le esté pidiendo al Padre Maciel retirarse “una vida reservada de oración y penitencia“.

Con todo esto tendremos mucho sobre que reflexionar.
Inicio del Comunicado:

—————————

A partir de 1998, la Congregación para la Doctrina de la Fe recibió acusaciones, que en parte ya se habían hecho públicas, contra el reverendo Marcial Maciel Degollado, fundador de la Congregación de los Legionarios de Cristo, por delitos reservados a la competencia exclusiva del Dicasterio. En 2002, el reverendo Maciel publicó una declaración para negar las acusaciones y para expresar su disgusto por las ofensas en su contra de algunos antiguos Legionarios de Cristo. En 2005, por motivos de edad avanzada, el reverendo Maciel se retiró del cargo de superior general de la Congregación de los Legionarios de Cristo.

Todos estos elementos han sido objeto de maduro examen por parte de la Congregación para la Doctrina de la Fe y, en virtud del «motu proprio» «Sacramentorum sanctitatis tutela» promulgado el 30 de abril de 2001 por el siervo de Dios Juan Pablo II, el entonces prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, Su Eminencia el cardenal Joseph Ratzinger, autorizó una investigación de las acusaciones. Mientras tanto tiene lugar la muerte del Papa Juan Pablo II y la elección del cardenal Ratzinger como nuevo pontífice.

Después de haber sometido los resultados de la investigación a atento estudio, la Congregación para la Doctrina de la Fe, bajo la guía del nuevo prefecto, Su Eminencia el cardenal William Levada, ha decidido –teniendo en cuenta tanto la edad avanzada del reverendo Maciel como su débil salud– renunciar a un proceso canónico e invitar al padre a una vida reservada de oración y penitencia, renunciando a todo ministerio público. El Santo Padre ha aprobado estas decisiones.

Independientemente de la persona del fundador, se reconoce con gratitud el benemérito apostolado de los Legionarios de Cristo y de la asociación «Regnum Christi».

[Traducción del original italiano realizada por Zenit]

——————————–

Este artículo fue publicado el Viernes 19 de Mayo del 2006 a las 12:51 pm; categorizado en: Creer en México, Vaticano. Puedes dejar una respuesta después del último comentario. También puedes seguir las respuestas por medio de RSS 2.0 o bien por correo electrónico escribiendo tus datos y marcando la casilla al final de esta página.

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Un comentario

Antonio
 1 

Precisiones acerca del comunicado de la Oficina de prensa de la Santa Sede sobre el padre Marcial Maciel Degollado, fundador de los Legionarios de Cristo

Artículos relacionados: El delito de abuso sexual cometido por un sacerdote y
El proceso penal especial de los delitos reservados a la Congregación para la Doctrina de la Fe.
Comunicado de la redacción de Iuscanonicum.org
El 19 de mayo de 2006 la Oficina de prensa de la Santa Sede ha emitido un comunicado sobre el proceso incoado al Padre Marcial Maciel Degollado, fundador de los Legionarios de Cristo, como consecuencia de unas acusaciones de abusos sexuales emitidas por algunos antiguos Legionarios de Cristo. Es conveniente hacer las siguientes precisiones:
a) El Padre Marcial Maciel no ha sido condenado, ni siquiera ha sido juzgado. En su comunicado la Santa Sede afirma expresamente que ha decidido “renunciar a un proceso canónico”: es de justicia, por lo tanto, referirse a su persona preservando siempre su presunción de inocencia, a la que todos tienen derecho mientras no haya sentencia firme, que en este caso no se ha dado.
b) La invitación al Padre Maciel a llevar “una vida reservada de oración y penitencia, renunciando a todo ministerio público” no constituye una sanción y mucho menos una pena. No es posible imponer una pena sin juicio previo, y -como ya ha quedado dicho- el padre Maciel no ha sido juzgado. Cabe interpretar de muchos modos esta invitación a llevar una vida de oración y penitencia, pero no como una sanción por parte de la Santa Sede.
c) En derecho canónico la acción penal prescribe de modo general a los tres años (cfr. Código de Derecho Canónico, canon 1362); son excepción los delitos reservados a la Congregación para la Doctrina de la Fe, entre los que está el delito de abuso sexual a menores, del que ha sido acusado el padre Maciel. El plazo de prescripción es de diez años, y empieza a correr en el momento en que el menor cumpla dieciocho años (cfr. Normas de los Delitos más graves). Las acusaciones contra el padre Maciel son de hace 40 ó 50 años, por lo que han prescrito. En el estado actual del caso, no tenía sentido continuar con un proceso por delitos prescritos; no se debe descartar que en la decisión de la Congregación para la Doctrina de la Fe se haya tenido en cuenta este hecho.
d) No han sido la Santa Sede ni el padre Maciel quienes han llegado a la situación de que estos delitos hayan prescrito, sino las presuntas víctimas que no han presentado las denuncias antes. Son ellos, si acaso, quienes deberían dar a la opinión pública respuestas convincentes de por qué no han presentado denuncias formales de delitos muy graves después de medio siglo en algún caso.
e) Merece respeto el testimonio de las presuntas víctimas al contar su caso, pero se debe prestar al menos igual respeto al testimonio del padre Maciel al proclamar su inocencia. Sería injusto y atentatorio contra la presunción de inocencia considerar probados los hechos solo por el testimonio de las presuntas víctimas, que son -no se puede olvidar- partes interesadas desde la más estricta técnica jurídica. También es parte interesada el padre Maciel, y en todo ordenamiento jurídico ante este conflicto de testimonios prevalece siempre la presunción de inocencia.
f) Nadie puede asumir la función de juez en este caso. La única autoridad competente es la Congregación para la Doctrina de la Fe, la cual -como se ha indicado- ha preferido renunciar al juicio. Aparte de dicha Congregación, cualquier toma de posición entre las afirmaciones de ambas partes está fuera de lugar; entre otras razones que se pueden aportar, es difícil que alguien tenga todos los elementos de juicio para emitir una sentencia, ni probablemente ha escuchado las alegaciones de ambas partes. Y sin estas actuaciones, emitir un juicio es cuanto menos una imprudencia, además de una injusticia.

Abril 29 2008 a las 1:03 pm

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